{"id":16904,"date":"2023-09-27T18:58:55","date_gmt":"2023-09-27T22:58:55","guid":{"rendered":"https:\/\/sabereswp.saberesafricanos.net\/index.php\/2023\/09\/27\/el-esequibo-la-controversia-venezuela-guyana-es-por-la-delimitacion-de-la-frontera-el-laudo-es-no-es-valido\/"},"modified":"2023-09-27T18:58:55","modified_gmt":"2023-09-27T22:58:55","slug":"el-esequibo-la-controversia-venezuela-guyana-es-por-la-delimitacion-de-la-frontera-el-laudo-es-no-es-valido","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/sabereswp.saberesafricanos.net\/index.php\/2023\/09\/27\/el-esequibo-la-controversia-venezuela-guyana-es-por-la-delimitacion-de-la-frontera-el-laudo-es-no-es-valido\/","title":{"rendered":"El Esequibo: La controversia Venezuela-Guyana es por la delimitaci\u00f3n de la frontera. El laudo  no es v\u00e1lido"},"content":{"rendered":"<p><img decoding=\"async\" class=\" size-full wp-image-16903\" src=\"https:\/\/sabereswp.saberesafricanos.net\/wp-content\/uploads\/2023\/09\/mapa_de_Venezuela-11b.png\" alt=\"mapa de Venezuela\" width=\"498\" height=\"558\" dir=\"ltr\" style=\"border: 2px solid #ffffff; display: block; margin-left: auto; margin-right: auto;\" loading=\"lazy\" srcset=\"https:\/\/sabereswp.saberesafricanos.net\/wp-content\/uploads\/2023\/09\/mapa_de_Venezuela-11b.png 498w, https:\/\/sabereswp.saberesafricanos.net\/wp-content\/uploads\/2023\/09\/mapa_de_Venezuela-11b-268x300.png 268w\" sizes=\"auto, (max-width: 498px) 100vw, 498px\" \/><\/p>\n<p><strong>El Esequibo: La controversia Venezuela-Guyana es por la delimitaci\u00f3n de la frontera. El laudo&nbsp; no es v\u00e1lido<\/strong><\/p>\n<p>Reinaldo Bol\u00edvar<\/p>\n<p>Cuando el primer ministro de la Guayana Brit\u00e1nica, Forbes BURNHAM, al lado de &nbsp;Michael STEWART Secretario de Estado de Relaciones Exteriores del Reino Unido de Gran Breta\u00f1a e Irlanda del Norte, firm\u00f3 con Ignacio IRIBARREN, Ministro de Relaciones de Venezuela, el \u201cAcuerdo para resolver la controversia entre Venezuela y el Reino Unido de Gran Breta\u00f1a e Irlanda del Norte sobre la frontera entre Venezuela y Guayana Brit\u00e1nica\u201d, en ese momento, 17 de febrero de 1966, Guayana Brit\u00e1nica, en el futuro pr\u00f3ximo Guyana (mayo de ese mismo a\u00f1o), que ya gozaba de autonom\u00eda, asamblea y gobierno, esperando solo la formalidad de la declaraci\u00f3n de independencia, aceptaba voluntariamente, sin presi\u00f3n, tras cuatro a\u00f1os de negociaci\u00f3n, que Venezuela ten\u00eda una leg\u00edtima controversia o diferendo territorial con Reino Unido (potencia ocupante) y con ella misma.<\/p>\n<p><!--more--><\/p>\n<p>Forbes Burnham fue el l\u00edder hist\u00f3rico de Guyana, el gran negociador de la independencia, fundador de la rep\u00fablica. La figura poderosa del padre fundador, como primer ministro y presidente de la rep\u00fablica dominar\u00e1 la vida pol\u00edtica de su pa\u00eds hasta 1985, a\u00f1o &nbsp;de su muerte. Burnham, visit\u00f3 Venezuela en enero de 1965, un a\u00f1o antes de la firma del acuerdo de Ginebra, all\u00ed sostuvo una&nbsp; cumbre con el presidente venezolano Ra\u00fal Leon\u00ed, acordando que Venezuela realizar\u00eda una exposici\u00f3n industrial en Georgetown, capital guyanesa de febrero a agosto de 1965. Qued\u00f3 as\u00ed registrado que el firmante por Guayana Brit\u00e1nica, estaba bien enterado de la trascendencia y significado del Acuerdo de Ginebra cuya entrada en vigor fue la p\u00e9rdida de cualquier atisbo de vigencia del Laudo Arbitral de 1899.<\/p>\n<p>Ahora bien, continuando con el proceso establecido en el derecho internacional, el acuerdo se deposit\u00f3 y registr\u00f3 en la Secretar\u00eda General de la Organizaci\u00f3n de las Naciones Unidas bajo el N\u00ba 8192 (1966), fue distribuido como documento de la Asamblea General el 03MAY1966 bajo las siglas A\/6325 y el Secretario General acept\u00f3 las funciones derivadas de \u00e9l, mediante comunicaci\u00f3n del 04ABR1966, \u2013vale apuntar que para 1966, el \u00fanico pa\u00eds independiente del Caribe era Trinidad y Tobago, por lo que el resto no recibi\u00f3 el Acuerdo de Ginebra en aquella distribuci\u00f3n en la AG.<\/p>\n<p>Las pr\u00e1cticas legales sobre la validez de los acuerdos internacionales, fueron recogidas y aprobadas en la <em>Convenci\u00f3n de Viena sobre el derecho de los tratados<\/em> de mayo de 1969, en su art\u00edculo 11, sobre las formas de manifestaci\u00f3n de consentimiento estipula que \u201cpodr\u00e1 manifestarse mediante la firma, el canje de instrumentos que constituyan un tratado la ratificaci\u00f3n, la aceptaci\u00f3n, la aprobaci\u00f3n o la adhesi\u00f3n, o en cualquier otra forma que se hubiere convenido\u201d. El art\u00edculo 12 ordena que \u201cConsentimiento en obligarse por un tratado manifestado mediante la firma\u201d. La firma del primer ministro de la Guayana Brit\u00e1nica Forbes Burnham es el honor plasmado de su pa\u00eds y da validez al Acuerdo de Ginebra sobre la delimitaci\u00f3n de fronteras entre Venezuela y Guyana.<\/p>\n<p>Siguiendo con los rigores del derecho internacional p\u00fablico, cada parte activ\u00f3 los mecanismos de ratificaci\u00f3n exigidos por sus respectivas legislaciones nacionales, en Venezuela, El Acuerdo de Ginebra fue aprobado por el Congreso Nacional 13 de abril de 1966; en Reino Unido, de acuerdo a sus costumbres legales fue publicado como Libro Blanco, y en Guayana Brit\u00e1nica se aprob\u00f3 en la C\u00e1mara de la Asamblea de la Guayana Brit\u00e1nica.<\/p>\n<p>Al respecto la <em>Convenci\u00f3n de Viena sobre el derecho de los tratados<\/em>&nbsp;norma en su art\u00edculo 14 que \u201cConsentimiento en obligarse por un tratado manifestado mediante la ratificaci\u00f3n, la aceptaci\u00f3n o la aprobaci\u00f3n. I. El consentimiento de un Estado en obligarse por un tratado se manifestar\u00e1 mediante la ratificaci\u00f3n: a) cuando el tratado disponga que tal consentimiento debe manifestarse mediante la ratificaci\u00f3n\u201d. Tanto Venezuela, como Reino Unido y Guyana cumplieron con la pr\u00e1ctica ratificatoria.<br \/> La activaci\u00f3n de la Comisi\u00f3n Mixta de alto nivel por parte de Venezuela y Guyana es una acci\u00f3n jur\u00eddica y de facto que demuestra la vigencia del acuerdo. De igual modo, lo es la firma por Venezuela, Guyana y Reino Unido del <em>Protocolo al Acuerdo de resolver la controversia entre Venezuela y el Reino Unido de Gran Breta\u00f1a e Irlanda del Norte sobre la frontera entre Venezuela y Guayana Brit\u00e1nica<\/em> firmado en Ginebra el 17 de febrero de 1966 (Protocolo de Puerto Espa\u00f1a, 1970).<\/p>\n<p>El Protocolo de Puerto Espa\u00f1a fue firmado por el Alto Comisionado del Reino Unido de Gran Breta\u00f1a e Irlanda del Norte en Trinidad y Tobago, el Ministro de Estado de Guyana (Shridath Ramphal) y el canciller venezolano Ar\u00edstides Calvani.<\/p>\n<p> <strong>\u00bfQu\u00e9 controversia deben &nbsp;resolver Venezuela y Guyana?<\/strong><\/p>\n<p> Corrientes partidistas de Guyana, que hicieron una fuerte oposici\u00f3n al liderazgo de Forbes Burnham, incluyendo a la lucha por alcanzar la independencia del pa\u00eds, &nbsp;tomaron como bandera el torpedear el mandato del Acuerdo de Ginebra sobre la delimitaci\u00f3n de fronteras entre Guyana y Venezuela. Para ello fueron posicionando una errada interpretaci\u00f3n del mandato del tratado, informando que en Ginebra 1966 se hab\u00eda decidido era resolver si el Laudo Arbitral de 1899, \u201ces v\u00e1lido o no\u201d, posici\u00f3n a la que han sido arrastrados varios magistrados de la Corte Internacional de Justicia, activados, tambi\u00e9n por una mala interpretaci\u00f3n de sus funciones en el acuerdo por el Secretario General de la ONU.<\/p>\n<p>Acerca de esta opini\u00f3n sobre lo hecho por el Secretario General de la ONU, el pre\u00e1mbulo del Acuerdo de Ginebra, en su esp\u00edritu de una soluci\u00f3n de cooperaci\u00f3n que beneficie a ambos pa\u00edses deja sentado que la forma de soluci\u00f3n de la controversia debe ser amistosa y \u201caceptable para ambas partes\u201d. Es claro que se refiere al mecanismo de soluci\u00f3n pac\u00edfica de controversias a escoger, que as\u00ed sea propuesto por el Secretario General de la ONU, debe ser consensuado por Venezuela y Guyana, tal como fue la decisi\u00f3n de acudir a los buenos oficios. Permitir que una de las partes proponga mecanismos de soluci\u00f3n sin el consentimiento de la otra desdice del papel de imparcialidad de la ONU, la cual no puede erigirse unilateralmente como mediador o \u00e1rbitro, al tomar una decisi\u00f3n que pone en desventaja a una de las partes. Este modo autoritario de proceder de la Secretar\u00eda de la ONu fue el causante de los problemas belicos en pa\u00edses vecinos como Etiop\u00eda y Eritrea en los a\u00f1os 1990 y de Sud\u00e1n y Sud\u00e1n del Sur en este siglo.<\/p>\n<p>Desde 1900 Venezuela ha sostenido que el laudo de 1899 es invalido, y lo ha probado.&nbsp; En 1962, el canciller venezolano Marcos Falc\u00f3n Brice\u00f1o, expone ante la ONU un minucioso trabajo de investigaci\u00f3n documental que convence a la comunidad internacional, al hasta entonces intransigente Reino Unido y al designado de la Guayana Brit\u00e1nica que aquella decisi\u00f3n fue dolosa, fraudulenta, &nbsp;chantajista, corrupta y por ende injusta, estuvo viciada de nulidad absoluta.<\/p>\n<blockquote>\n<p>He expuesto c\u00f3mo en el Laudo Arbitral de 1899 se desconocieron y se violaron las normas de derecho de ese tratado. &nbsp;Venezuela no est\u00e1 pidiendo un pronunciamiento de esta Comisi\u00f3n sobre la cuesti\u00f3n de fondo; Venezuela ha tra\u00eddo el asunto a las Naciones Unidas no para pedir una decisi\u00f3n sobre el fondo de la cuesti\u00f3n, sino con el prop\u00f3sito de hacer saber al mundo las poderosas razones que la obligan a no poder reconocer el Laudo Arbitral de 1899 como arreglo final y definitivo de su controversia con el Reino Unido, en relaci\u00f3n con el territorio de Guayana, del cual fue despojada (MFB, 1962).<\/p>\n<\/blockquote>\n<p>La posici\u00f3n de Venezuela, o\u00edda por la comunidad internacional, era precisa al indicar que aquel laudo no constituye \u201cel acuerdo final y definitivo\u201d. En consecuencia, la frontera a\u00fan no se ha establecido, y Venezuela reclama como suyo \u201cel territorio de Guayana\u201d. Esa es la controversia.&nbsp; A partir de ese reconocimiento se procedi\u00f3 a negociar, durante 4 a\u00f1os la manera de resolver el diferendo territorial, un asunto altamente delicado, por alta sensibilidad que los temas de delimitaci\u00f3n despiertan, la f\u00f3rmula de consenso alcanzada fue el aqu\u00ed comentado Acuerdo de Ginebra, que como bien indica su t\u00edtulo es para \u201cresolver la controversia sobre la frontera entre Venezuela y Guayana Esequiba\u201d.<\/p>\n<p><strong>Elementos de convicci\u00f3n sobre el asunto de la controversia:<\/strong><br \/> <em>El t\u00edtulo del acuerdo<\/em><\/p>\n<p>Contiene la frase \u201csobre la frontera entre Venezuela y Guayana Brit\u00e1nica\u201d. No es un debate de posiciones sobre el laudo de 1899. En el derecho internacional es regla universal que los t\u00edtulos de los tratados, convenciones y todo instrumento jur\u00eddico resuman en s\u00ed mismo el problema y el objetivo general del mismo. El acuerdo&nbsp; es para que las partes definen amistosamente los l\u00edmites geogr\u00e1ficos en la Guayana Esequiba a partir de la posici\u00f3n venezolana de poseer los t\u00edtulos hist\u00f3ricos -que era uno de los requisitos que exig\u00eda el Tratado de Arbitraje de 1895, y de las aspiraciones de Reino Unido basadas en el trazado de l\u00edneas extraterritoriales al entonces territorio de la Guayana Holandesa (mapa \u201cHebert).<\/p>\n<p><em>El art\u00edculo 1<\/em><br \/>En este se ordena la conformaci\u00f3n de una comisi\u00f3n mixta. Esta instancia, seg\u00fan el <em>art\u00edculo 4<\/em>, \u201creferir\u00e1\u201d a ambos gobiernos un informe final con las cuestiones pendientes. Toda comisi\u00f3n mixta de alto nivel, conversa sobre variados t\u00f3picos referidos a un asunto. Una prueba de que esta comisi\u00f3n debati\u00f3 sobre los l\u00edmites geogr\u00e1ficos es la presencia en ella por Guyana Mohamed Shahabuddeen, quien en 1977, como Procurador General de Guyana, &nbsp;participa en la Comisi\u00f3n Binacional Venezuela-Guyana para las negociaciones de la propuesta Burnham. Es l\u00f3gico deducir que el gran asunto son los l\u00edmites fronterizos, aunque paulatinamente Guyana fuese encasillando el tema hacia el laudo. No se han hecho p\u00fablicas las minutas de esas reuniones, las cuales comprobar\u00e1n la amplitud de la tem\u00e1tica. De julio de 1966 al 17 de febrero de 1970 se realizaron diecis\u00e9is reuniones formales y una de car\u00e1cter informal, pero no se logr\u00f3 el prop\u00f3sito.<\/p>\n<p><em>La Hip\u00f3tesis Burnham<\/em><\/p>\n<p>Burham, visit\u00f3 en dos oportunidades Caracas, durante el gobierno de Carlos Andr\u00e9s P\u00e9rez. Sin entrar en los pormenores de las visitas oficiales (1975 y 1976), trat\u00e1ndose del firmante del Acuerdo de Ginebra, su propuesta, a\u00fan como primer ministro, da mayor claridad&nbsp; acerca de que la \u201ccontroversia\u201d entre los dos pa\u00edses es lim\u00edtrofe. Burham, acompa\u00f1ado de todo su equipo econ\u00f3mico propuso una soluci\u00f3n definitiva del diferendo territorial a cambio de que Venezuela se asociar\u00e1 en el financiamiento de un proyecto hidroel\u00e9ctrico para Guyana. Despu\u00e9s de esta visita se realizaron contactos al m\u00e1s alto nivel, en los cuales Venezuela propon\u00eda el desarrollo conjunto de la zona en reclamaci\u00f3n, con mucho inter\u00e9s por Guyana y el gobierno de Burham insist\u00eda en su hip\u00f3tesis de territorio por financiamiento.<\/p>\n<p> <em>El art\u00edculo 1<\/em>, contiene la expresi\u00f3n \u201cde la controversia (\u2026) surgida como consecuencia de la contenci\u00f3n venezolana\u2026\u201d, en cuanto a la nulidad del laudo,&nbsp;La consecuencia es la necesidad de definir las fronteras, puesto que bien pudo Venezuela aceptar que hubiese un trabajo de arbitraje pero su resultado, el laudo, es irrito.<\/p>\n<p>Otra prueba, de que as\u00ed lo ha aceptado Guyana, fueron las negociaciones bilaterales dadas entre el per\u00edodo de los 12 a\u00f1os del Protocolo de Puerto Espa\u00f1a, al nivel de cancilleres, como rese\u00f1a Jos\u00e9 Rafael Gamero Lanz (2017), al referirse a un informe confidencial en la cual particip\u00f3 por Guyana \u00e9l canciller Frederick Rudolph Wills.&nbsp;En dicha reuni\u00f3n el canciller guyan\u00e9s present\u00f3 un mapa con una propuesta de soluci\u00f3n lim\u00edtrofe de la controversia, en el esp\u00edritu de llegar a una soluci\u00f3n bilateral.<br \/> Estas negociaciones si bien no prosperaron dejaron por sentado el reconocimiento de Guyana al significado de la controversia. Burnham visit\u00f3 por cuarta vez a Venezuela en 1983, la situaci\u00f3n de amistad hab\u00eda cambiado diametralmente, con el gobierno venezolano de ese momento. Despu\u00e9s de esa cumbre, el gobierno guyan\u00e9s lanza una campa\u00f1a educativa en la cual retoma la posici\u00f3n constru\u00edda&nbsp; y falsa sobre la validez del laudo de 1899. Forbes Burnham m\u00e1s lejos del socialismo que lo llev\u00f3 al poder y m\u00e1s cercano a las posibilidades de financiaci\u00f3n multilateral, el firmante del Acuerdo de Ginebra, el que propuso un arreglo de territorio por financiamiento, cambi\u00f3 radicalmente de opini\u00f3n.<\/p>\n<p>No obstante, pasados quince a\u00f1os, en 1998, Venezuela recibe la visita de la presidenta de Guyana Janet Jagan, para la creaci\u00f3n de una Comisi\u00f3n Mixta de Alto Nivel. De nuevo, se puntualiza que la reclamaci\u00f3n territorial de Venezuela debe estar presente en las deliberaciones..&nbsp;En 2011, los cancilleres de Venezuela y Guyana, Carolyn Rodrigues-Birkett &nbsp;y Nicol\u00e1s Maduro. &nbsp;reunidos en Puerto Espa\u00f1a &nbsp;<em>firman una declaraci\u00f3n conjunta que expresa que la controversia por frontera entre Guyana y Venezuela sigue existiendo y es necesario <\/em>sentarse a negociar seg\u00fan el Acuerdo de Ginebra. Todos estos movimientos, al m\u00e1s alto nivel de Guyana han demostrado desde 1966 que reconocen que la controversia se trata de una reclamaci\u00f3n territorial.<\/p>\n<p>En suma, en esta ocasi\u00f3n hemos tocado cinco asuntos medulares que son consecuencia del Acuerdo de Ginebra de 1966<br \/> 1.- Con la firma v\u00e1lida de las partes, depositada, distribuida en la Asamblea General de la ONU a toda la comunidad de Estados y ratificada por cada pa\u00eds del Acuerdo de Ginebra, &nbsp;se reitera la nulidad e invalidez, y as\u00ed lo aceptan y ratifican los Estados signatario de Ginebra, &nbsp;del Laudo Arbitral de 1899.<br \/> 2.- La controversia a la cual se refiere el Acuerdo de Ginebra de 1966, es sobre la delimitaci\u00f3n de las fronteras entre Venezuela y Guyana, la cual no est\u00e1 definida ni completa, tal como lo expuls\u00f3 Venezuela ante la ONU en 1962<br \/> 3.- Acciones como los debates en la comisi\u00f3n mixta, las visitas del primer ministro de Guyana a Venezuela haciendo una propuesta de soluci\u00f3n son evidencias del tema de discusi\u00f3n lim\u00edtrofe del cual trata la controversia.<br \/> 4.- El Protocolo de Puerto Espa\u00f1a es, en s\u00ed mismo, una ratificaci\u00f3n de las partes, incluyendo Reino Unido, del Acuerdo de Ginebra.<br \/> 5.- El Secretario General de la ONU viol\u00f3 el esp\u00edritu del Acuerdo de Ginebra, intentado poner en desventaja a Venezuela, poniendo en peligro la b\u00fasqueda de una soluci\u00f3n amistosa y aceptable por Venezuela y Guyana.<\/p>\n<p>Una recomendaci\u00f3n en este momento a los investigadores oficiales de Venezuela (la investigaci\u00f3n es un m\u00e9todo de soluci\u00f3n de controversias) es la de indagar y publicar, de ser el caso, toda la documentaci\u00f3n producidas por la comisi\u00f3n mixta que oper\u00f3 de 1966 a 1970, la producida por las cuatro visitas del primer ministro Burnham a Venezuela, de las comisiones creada entre su gobierno y de Calos Andr\u00e9s P\u00e9rez, de la visita de la presidenta Janet Jagan, todo ello a fin de probar ampliamente que no se trata de decidir por un laudo ya enterrado por el Acuerdo de Ginebra, sino que este establece y ordena delimita completa y definitivamente el territorio del Esequibo, el cual Venezuela reclama historicamente como propio.<br \/>Hasta aqu\u00ed estas primeras reflexiones sobre el \u201cAcuerdo para resolver la controversia entre Venezuela y el Reino Unido de Gran Breta\u00f1a e Irlanda del Norte sobre la frontera entre Venezuela y Guayana Brit\u00e1nica\u201d el \u00fanico instrumento vigente para una soluci\u00f3n definitiva del contencioso lim\u00edtrofe entre la Rep\u00fablica Bolivariana de Venezuela y la Rep\u00fablica Cooperativa de Guyana. En una pr\u00f3xima entrega abordaremos: La reciprocidad, la comunidad internacional y el Acuerdo de Ginebra.<\/p>\n<p><a href=\"https:\/\/mppre.gob.ve\/controversia-territorial-sobre-la-guayana-esequiba\/\" class=\"jcepopup\" dir=\"ltr\" data-mediabox=\"1\">Lea m\u00e1s sobre los derechos de Venezuela en el Esequibo aqui<\/a><\/p>\n<hr \/>\n<p><em>Reinaldo Bol\u00edvar. Internacioalista, Profesor Asociado de la Escuela de Estudios Internacionales de la UCV en las \u00e1reas de ingraci\u00f3n, cooperaci\u00f3n y relaciones econ\u00f3micas internacionales. Posgraduado en Relaciones Internacionales contempor\u00e1neas.<\/em>&nbsp;<\/p>\n<p>Publicado por AiSUR. Premio Nacional de Periodismo Necesario Anibal Nazoa 2020<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El Esequibo: La controversia Venezuela-Guyana es por la delimitaci\u00f3n de la frontera. 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